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Tema: Cómo funicona el (mal) llamado embargo de cuentas bancarias

  1. #281
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    Avatar de MARIBELICA
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    Cómo funicona el (mal) llamado embargo de cuentas bancarias

    Cita Iniciado por CIA Ver mensaje
    Buenas, mañana se cumple los 20 dias de plazo para pagar una deuda de un minicredio que me impuso el juez.
    Tengo una duda , .¿ Que pasa si pago los 507 euros pasadas Unas semanas en la cuenta del juzgado ¿
    Pues que podrian demandar ejecucion y tendrias que pagar las costas de esa ejecucion.

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  2. #282
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    Copio hilo del otro sitio para exponer el caso.
    Buenas,

    Lo primero, gracias por responder.
    Pues vengo del juzgado y ya me han informado... parece ser que el importe total es el que le han embargado a mi madre, a repartir entre los tres que no nos personamos en el juicio, y que la sentencia aún no nos ha llegado. Lo que pasa que los muy jetas embargan todo lo que pillan que ya luego lo que exceda ya lo devolverán cuando les salga de los *******. Vamos que si hubieran podido nos hubieran embargado los 25.000 eros a cada uno (desconozco que ha pasado con el tercer interfecto). Parece ser que es una ¿deuda solidaria? no se si se llama así, pero entiendo que se podrá repartir el pago. Lo bueno es lo que comentas, que ya han cobrado toda la deuda y por el momento no van a dar mas por culo. Ahora, en cuanto recibamos la sentencia podremos iniciar alegaciones y determinar con un abogado como se reparten esas costas. Pero bueno, dentro de los males, el mal menor.
    Gracias por vuestra ayuda.

  3. #283
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    Avatar de Jonopa
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    Pues ayer me han "quitado" y 390 euros y sin tener dinero en la cuenta bancaria y en ningún sitio, lo recogí el lunes con plazo de 10 días para presentar saldos y propiedades etc... y ayer que hizo días ya tienen 390 euros en la cuenta bancaria del juzgado y no se de donde lo han sacado, he llamado hasta la casa de empeños porque tengo una pulsera empeñada y la chica se ha, reído y me dice que la pulsera esta en la caja fuerte, y lo juro que no tengo ni una M.... DAen ningún banco, cobro el 1 de noviembre la prestación de hijo discapacitado de 676 euros pero aún no los tengo, así que muchas leyes y palabras baratas porque luego hacen lo que les salen de lis CO... NES

  4. #284
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    Avatar de Ator79
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    Hola! Mil gracias por la explicación.

    Yo quería preguntarte sobre mi caso concreto que no se si es un poco peculiar. El estado de alarma para buscar mis bienes y ejecución de embargo de mis cuentas se hace el día 14 de Marzo del 2020 con una notificación judicial, pero no pudieron embargar nada porque soy insolvente y no tenia cuentas a mi nombre. Por otro lado tampoco se pudo embargar la nomina porque no tenia. De esto ya hace ya mas de 3 años y medio, y por muchos barridos que hagan en mis cuentas, no suelo tener mas de 200-300 euros. No obstante, lei que los ahorros que no superen el SMI no se puede tocar, pero en mi caso el dinero que a veces me entra es de cosas de Wallapop y ventas así, no viene de ninguna nomina, lo que no se, si todo aquello que no es nomina aunque este por de bajo del SMI si se puede embargar, con todas nunca me han quitado nada de mis ingresos de fuentes no nominales, ya te te digo que son cantidades pequeñas.

    Durante muchos años me las he arreglado para vivir sin tener saldos o nominas que poder embargar, pero recientemente me ha surgido una oportunidad de trabajo excelente y, para finales de este año me van a poner en contrato. Y ahora empiezan mis dudas:


    1) ¿Una vez que me den de alta, la SS notificara al juzgado que estoy trabajando y este notificara a la empresa acreedora que tengo nomina, para que ellos soliciten el embargo de nomina? ¿O se tiene que producir un barrido para saber que ahora tengo nomina? Lo digo porque la notificación judicial que tengo es muy clara en al auto, diciendo que se solicita el embargo de bienes y cuentas bancarias, pero no dice que se solicita el embargo de nomina, lo que dice es que se le solicita a la SS que se les avise si estoy dado de alta o de autónomo, pero claro, aquella solicitud fue en Marzo del 2020, por eso mi duda de si esa alerta es de por vida por parte de la SS y se le avisara a la empresa acreedora.

    2) Otra cosa que no me queda clara es la siguiente ¿ Entiendo que, realmente no tengo una posible nomina embargada, si no que solicitan a la SS información de mi situación laboral para pedir oficialmente el embargo de nomina, verdad? ¿Se me tiene que noticiar también en un auto judicial el embargo de la nomina?

    3)Con respecto a este punto donde dices "Diría que el embargo de cuentas se pide en un 90% de los casos, pero solo en 20% suele repetirse. Y una vez que has mandado ya dos o tres y no has sacado ni cinco euros no hay nada que hacer" Crees que después de casi 4 años donde no han podido rascar nada de mi, se habrán """dado por vencidos""" ¿O igualmente se seguirán haciendo barridos?

    4) "El sistema no puede embargar cosas como tarjetas prepago o monedero, tarjetas de crédito, cuentas en Bélgica o Bangladesh etc." Yo estoy con el BBVA y ellos tiene una tarjeta monedero, tengo entendido que el dinero de este tipo de tarjetas no te las pueden tocar porque no tiene IBAN, pero ¿enviar o transferir dinero a estas tarjetas y mas siendo el mismo banco donde el movimiento es 100% rastreable, se puede considerar alzamiento de bienes?

    Perdón por hacer esto tan extenso, pero muchas gracias de antemano por tu ayuda.

    Un saludo!

  5. #285
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    Me gustaría complementar mis dudas anteriores con información que a lo mejor es importante.

    Cuando en el 2020 se me notifico el embargos de cuentas, yo no tenia cuentas bancarias a mi nombre, he vivido usando una cuenta y tarjeta de autorizado de otro titular, Este año ha sido cuando me abrí una cuenta Online con el BBVA, si investigaron y vieron que no habia cuentas bancarias, no se en ese caso como funcionan los barridos, porque no hay donde barrer...

    Entonces, ¿hay barridos periódicos para localizar nuevas cuentas?

    La verdad que en lo que va de año, no me han quitado ni un céntimo. ¿A lo mejor es porque no saben que tengo una cuenta, no?

    Me he leído las 29 paginas del hilo y me ha parecido entender a un compañero que al cambiarse de trabajo, ya le han dejado de embargar (por lo menos temporalmente) porque el acreedor no sabe de su nuevo trabajo, entonces en mi caso que voy a tener un nuevo contratos casi 4 años después de que se notificase el embargo ¿también desconocerán mi situación laboral?

    Esta ultima pregunta es muy similar o igual a de mi poste anterior, pero quería matizarla un poco mas. ¿LOS barridos son de por vida o prescriben? ¿Al igual que las alertas de que estas trabajando?


    Gracias!!

  6. #286
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    Cómo funicona el (mal) llamado embargo de cuentas bancarias

    Cita Iniciado por Ator79 Ver mensaje
    Hola! Mil gracias por la explicación.

    Yo quería preguntarte sobre mi caso concreto que no se si es un poco peculiar. El estado de alarma para buscar mis bienes y ejecución de embargo de mis cuentas se hace el día 14 de Marzo del 2020 con una notificación judicial, pero no pudieron embargar nada porque soy insolvente y en las cuentas a mi nombres estaban a 0€ literal. Por otro lado tampoco se pudo embargar la nomina porque no tenia. De esto ya hace ya mas de 3 años y medio, y por muchos barridos que hagan en mis cuentas, no suelo tener mas de 200-300 euros. No obstante, lei que los ahorros que no superen el SMI no se puede tocar, pero en mi caso el dinero que a veces me entra es de cosas de Wallapop y ventas así, no viene de ninguna nomina, lo que no se, si todo aquello que no es nomina aunque este por de bajo del SMI si se puede embargar, con todas nunca me han quitado nada de mis ingresos de fuentes no nominales, ya te te digo que son cantidades pequeñas.

    Durante muchos años me las he arreglado para vivir sin tener saldos o nominas que poder embargar, pero recientemente me ha surgido una oportunidad de trabajo excelente y, para finales de este año me van a poner en contrato. Y ahora empiezan mis dudas:


    1) ¿Una vez que me den de alta, la SS notificara al juzgado que estoy trabajando y este notificara a la empresa acreedora que tengo nomina, para que ellos soliciten el embargo de nomina? ¿O se tiene que producir un barrido para saber que ahora tengo nomina? Lo digo porque la notificación judicial que tengo es muy clara en al auto, diciendo que se solicita el embargo de bienes y cuentas bancarias, pero no dice que se solicita el embargo de nomina, lo que dice es que se le solicita a la SS que se les avise si estoy dado de alta o de autónomo, pero claro, aquella solicitud fue en Marzo del 2020, por eso mi duda de si esa alerta es de por vida por parte de la SS y se le avisara a la empresa acreedora.

    2) Otra cosa que no me queda clara es la siguiente ¿ Entiendo que, realmente no tengo una posible nomina embargada, si no que solicitan a la SS información de mi situación laboral para pedir oficialmente el embargo de nomina, verdad? ¿Se me tiene que noticiar también en un auto judicial el embargo de la nomina?

    3)Con respecto a este punto donde dices "Diría que el embargo de cuentas se pide en un 90% de los casos, pero solo en 20% suele repetirse. Y una vez que has mandado ya dos o tres y no has sacado ni cinco euros no hay nada que hacer" Crees que después de casi 4 años donde no han podido rascar nada de mi, se habrán """dado por vencidos""" ¿O igualmente se seguirán haciendo barridos?

    4) "El sistema no puede embargar cosas como tarjetas prepago o monedero, tarjetas de crédito, cuentas en Bélgica o Bangladesh etc." Yo estoy con el BBVA y ellos tiene una tarjeta monedero, tengo entendido que el dinero de este tipo de tarjetas no te las pueden tocar porque no tiene IBAN, pero ¿enviar o transferir dinero a estas tarjetas y mas siendo el mismo banco donde el movimiento es 100% rastreable, se puede considerar alzamiento de bienes?

    Perdón por hacer esto tan extenso, pero muchas gracias de antemano por tu ayuda.

    Un saludo!
    A tu pregunta número 1:

    La SS no notifica a nadie, es el acreedor el que tiene que volver a solicitar si estás dado de alta ante el juzgado y este último solicitar la información a la SS.

    A tu pregunta número 2:

    Cada solicitud de embargo de nómina o mejora de embargo de bienes si tiene que reflejar en un auto y notificarse a la parte demandada.

    A tu pregunta número 3:

    Les cuesta dinero solicitar embargo de cuentas, pero lo pueden solicitar cuando les apetezca, aunque hayan pasado 4 años.

    A tu pregunta número 4:

    Lo habitual es que no te embarguen saldo de dichas tarjetas prepago o monedero, pero ojo, son perfectamente embargables, y los saldos de cuentas extranjeras también, pero depende del acuerdo entre países y que tú acreedor este seguro de ello, solo Hacienda controla los movimientos que haces,ni tu acreedor,ni el juzgado lo pueden ver.
    Y no es alzamiento de bienes, porque el dinero es un bien volátil.
    Salvo que estemos hablando de millones de euros,entonces sería una estafa.

    Un saludo.

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  7. #287
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    Cómo funicona el (mal) llamado embargo de cuentas bancarias

    La solicitud de embargos y barridos de cuentas no prescriben una vez que han solicitado el primero.

    Así que cuando quieran pueden solicitar embargo.

    Un saludo.

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  8. #288
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    Muchas gracias por las respuesta, pero aun sigo teniendo dudas en base al texto original del hilo y comentarios que se han ido dando en el.

    1) El texto original del hilo dice: "Diría que el embargo de cuentas se pide en un 90% de los casos, pero solo en 20% suele repetirse." ¿Esto a que se refiere? No termino de entenderlo.

    2) ¿Como puede saber el acreedor que tengo dinero en una cuenta monedero al no ser una cuenta y no ser visible para ellos? ¿Cuándo se solicita la investigación de cuentas, el banco también tiene quedar parte de que tengo dinero en una cuenta prepago o monedero? ¿O solo da parte de mi cuenta con Iban? Aclaro que mi deuda es con una financiera, no con el estado, no se si eso influye a la hora de la profundidad de la información que da el banco o se le facilita al acreedor para que pueda embargarlo.

    3) He leído que a los 4 años un embargo prescribe ¿me podrías explicar esto un poco mejor?

    4) Y por ultimo, si el acreedor tiene que volver a solicitar ante el juzgado si estoy dado de alta en la SS, ¿eso como funciona? ¿cada vez que el acreedor solicite información sobre mi, cuentas, nominas, etc, se me tiene que notificar? Es decir ¿yo voy a saber cuantas veces el acreedor solicita información mía para embargarme a través de algún nuevo auto? Porque eso significaría que desde Marzo del 2020 no han vuelto solicitar el embargo o información sobre mi estado en la SS, ya que solo tengo ese auto con esa fecha. ¿Eso es así?

    Un saludo!

  9. #289
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    Tasmania, Mucho lejos.
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    Cómo funicona el (mal) llamado embargo de cuentas bancarias

    Espero que te responda algún experto en este tema. ¿Si avisaran cuando van a hacer un barrido de cuenta, tu crees que pillarian algo? Por último, pasa por presentaciónes cuando puedas para que te podamos dar la bienvenida al foro.

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    Para solicitar abogado como socio pincha aquí:
    https://www.asociacionacusa.org

    ¿Recién llegado? Visita: https://www.foroantiusura.org/thread...-DE-HACER-NADA Muy importante.

  10. #290
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    Hola Exkemao,

    Gracias! Ya me he pasado por el foro de las presentaciones.

    No me refiero que a que me avisen de los barridos, lo que pasa que este texto del compañero ex-funcionario me genera muchas dudas: "Diría que el embargo de cuentas se pide en un 90% de los casos, pero solo en 20% suele repetirse."

    O por ejemplo cuando me dicen que el acreedor tiene que volver a solicitar información sobre mis cuentas y estado para saber si estoy dado de alta o tengo dinero en las cuentas. Lo que quiero decir, es si cada solicitud de embargo viene a través de un auto judicial. Porque entonces la frase de Exfuncionario tendría sentido para mi "solo el 20% repite" Ya que desde el 2020 no me han llegado mas notificaciones judiciales que la única que tengo. Con lo que mi acreedor estaría en es 80% que no ha vuelto a solicitar mi embargo en mas de 3 años y medio, no se si me explico bien.

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