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Tema: notificaciones electrónicas juzgados

  1. #1
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    notificaciones electrónicas juzgados

    Hola a tod@s! Tengo varios microcréditos impagados (estoy en reclamaciones por intereses abusivos, en todos ya he pagado el principal que me prestaron). El caso es que temporalmente no estoy viviendo en mi domicilio (estoy en otra comunidad) y si me llegara alguna demanda no voy a poder recibirla. Me puedo dar de alta para que recibirlas electrónicamente? Si me doy de alta, ya no las recibiría por correo postal?
    He leído que no recomendáis consultar nada electrónicamente pero en mi caso al estar fuera de mi domicilio, me da cosa que me llegue algo y al no podermelo entregar se me pasen plazos.
    Mi domicilio está en Madrid por si sirve de algo.
    Gracias!

  2. #2
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    Lo que recomendamos es no entrar en la sede electrónica cada 2x3 para mirar, es estresante, y puede producir desconcierto o ansiedad por desconocimiento.
    Las notificaciones electrónicas es otra cosas, si la sede electrónica de tu comunidad permite notificaciones electrónicas en el ámbito de la justicia, claro que puedes darte de alta. Si te das de alta, no, ya no deberías recibir nada por correo, aunque hay alguna administraciones que la mandan, la que sirve siempre es la electrónica.
    Última edición por astronauta; 19/08/2024 a las 20:30

  3. #3
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    Muchas gracias! voy a consultar a ver.

  4. #4
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    Cita Iniciado por astronauta Ver mensaje
    Lo que recomendamos es no entrar en la sede electrónica cada 2x3 para mirar, es estresante, y puede producir desconcierto o ansiedad por desconocimiento.
    Las notificaciones electrónicas es otra cosas, si la sede electrónica de tu comunidad permite notificaciones electrónicas en el ámbito de la justicia, claro que puedes darte de alta. Si te das de alta, no, ya no deberías recibir nada por correo, aunque hay alguna administraciones que la mandan, la que sirve siempre es la electrónica.
    Una aclaración, yo estoy dado de alta en las notificaciones electrónicas desde hace unos años, en todas las administraciones(Hacienda, sede judicial,...) y con el monitorio de Moneyman, me lo notificaron mediante carta y además sin certificar. La resolución de la sentencia si la mandaron de forma electrónica. Con esto quiero decir que aunque te des de alta electrónicamente no es seguro que te lo notifiquen por este medio.
    También nosotros como ciudadano, como lo explico, este servicio es un derecho, no una obligación, por lo que yo puedo estar de alta en las notificaciones y no tener que leerlas y no sería notificado ni dado por notificado, sin embargo por carta certificada si y es lo que vale. Ahora sí lees el correo y aceptas leerlo date por notificado. Esto lo pone en la información del registro electrónico. Léelo e infórmate.
    Última edición por jl72; 22/08/2024 a las 22:55
    Hasta ahora han escrito el guión de mi vida, a partir de ahora lo escribo yo.

  5. #5
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    Vamos a ver , la sede electrónica es un arma de doble filo , asi lo veo yo .

    Esta muy chuli , ya que puedes ver tosas las cosas desde casa , con un ordenador.

    Pero por otro lado , las notificaciones judiciales electrónicas son legales , y como estés dado de alta , y no

    las veas , te puedes meter en un lio que el dios.

    Yo ,particularmente , prefiero que llegue el cartero a mi casa y me de el papelito . Entonces , me daré por enterado
    Si entras por primera vez, pincha este enlace --->> PREGUNTAS FRECUENTES

  6. #6
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    Totalmente de acuerdo, el problema es que no estoy en casa... Si me llega una carta y no estoy, y me dejan aviso en el buzón y no voy a recogerla nunca... entiendo que cuando pase el tiempo se me dará por avisado y empezara a contar los plazos sin yo enterarme no? Con las notificaciones electrónicas es igual, tienes un tiempo para verla... si no la ves y se te pasan los plazos mala suerte...

  7. #7
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    Como ciudadano se te pueden notificar muchas cosas y el que no estes en casa no te exime de gestionar enterarte del contenido. Se te exige diligencia porque podrían notificarte multas, cartas de pago, impuestos, cosas de Hacienda, cosas de Tesorería, aumentos de cuotas de seguros, etc. Te aconsejo que te vayas pasando por el buzón cada 5 dias o que le pidas a un familiar que te lo vaya mirando.

    Otra cosa, el ciudadano no esta obligado a relacionarse electrónicamente con la administración para la presentación de escritos y tramites, pero cuando el ciudadano escoge y notifica a la administración que quiere recibir las notificaciones administrativas de forma telemática, la administración le va a notificar todo de forma telemática (siempre pueden haber errores y despistes y notificar algo en papel, claro). Es decir, que esa manifestación de voluntad es vinculante, tanto para la administración como para el ciudadano. Eso si, el ciudadano puede volver a manifestarse en sentido contrario para que se le notifique todo de forma personal (en papel).

    Mucho cuidado con esto, porque mucha gente se lía y luego vienen las lamentaciones (en forma de presentaciones extemporáneas de escritos o recursos, embargo de cuentas por sanciones notificadas que no se recurren ni pagan en tiempo, etc.).

  8. Me gusta elreverendo, ÑAME indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  9. #8
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    ….Se me olvidaba, yo trabajo en la administración y no aconsejo darse de alta a las notificaciones telemáticas. De momento, los ciudadanos aun tenemos derecho de escoger. Lo que la ley dice es que la administración debe poner la notificación a disposición del ciudadano. La administración esta obligada a enviar un aviso al teléfono o al email del ciudadano, pero aun sin este aviso de puesta a disposición, la notificación se da por rechazada sin acceso y surte todos efectos legales, lo pone claramente la Ley 39/2015. Es decir, se exige proactividad al ciudadano, que se ha obligado voluntariamente al igual que los demás obligados por ley, de ir entrando a la sede administrativa para enterarse de las notificaciones.

    Yo, sinceramente, prefiero que siga viniendo el cartero a casa y si no me encuentra, que me deje aviso y ya lo pasare a recoger a oficina. Por suerte, el horario de correos es bastante amplio y tengo 7 dias naturales para pasarme.

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  11. #9
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    notificaciones electrónicas juzgados

    Cita Iniciado por ACM75 Ver mensaje
    ….Se me olvidaba, yo trabajo en la administración y no aconsejo darse de alta a las notificaciones telemáticas. De momento, los ciudadanos aun tenemos derecho de escoger. Lo que la ley dice es que la administración debe poner la notificación a disposición del ciudadano. La administración esta obligada a enviar un aviso al teléfono o al email del ciudadano, pero aun sin este aviso de puesta a disposición, la notificación se da por rechazada sin acceso y surte todos efectos legales, lo pone claramente la Ley 39/2015. Es decir, se exige proactividad al ciudadano, que se ha obligado voluntariamente al igual que los demás obligados por ley, de ir entrando a la sede administrativa para enterarse de las notificaciones.

    Yo, sinceramente, prefiero que siga viniendo el cartero a casa y si no me encuentra, que me deje aviso y ya lo pasare a recoger a oficina. Por suerte, el horario de correos es bastante amplio y tengo 7 dias naturales para pasarme.
    A ver, hablando de las notificaciones del Juzgado, que aquí es lo que nos interesa, el Decreto-Ley 6/2023, por el que hubo algunos cambios significativos dentro del Plan de Recuperación ,Transformación y resiliencia en materia de Justicia, Función Pública y Mecenazgo y la Madre que los parió, para las Personas Jurídicas ( Empresas) o personas que tenga la representación legal de alguna empresa, todas las notificaciones se harán Telematicamente.

    A las PERSONAS FISICAS NO ES OBLIGATORIO( o sea ,nosotros) Podemos pedir que se nos notifique por Email, pero si le comunicamos al Juzgado que elegimos esta opción, hay que estar muy vigilante al Email, porque a la vez que autorizas este método, ya desde que notifican algo, los plazos empiezan a correr, y si no estamos atentos podemos dejar vencer los plazos que nos den.

    Esto evidentemente si una demanda nos la lleva un Abogado y Procurador, pues las notificaciones irían a nuestro Procurador que para eso está, este a su vez notificará a nuestro Abogado, y nuestro Letrado , pues nos notifica a nosotr@s.
    ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.

    "Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".

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