Y si yo empezará a pagar lo q pueda ypocoa poco(consejo de abogado) en ese caso no podrían embargar nada?
Y si yo empezará a pagar lo q pueda ypocoa poco(consejo de abogado) en ese caso no podrían embargar nada?
Para embargar,lo primero que tiene que haber es un juicio y perderlo o en su defecto que dicho préstamo este firmado ante notario.
En ambos casos el acreedor tiene que ir al juzgado y que un juez/a dictamine que se proceda al embargo de tus bienes y del avalista o solo del avalista.
Que pagues poco a poco,una vez que el juez autoriza la ejecución de embargo,solo evita que se resté lo que has pagado a lo que realmente te tienen que embargar y a veces ni eso porque si has pagado, pero el juzgado no tiene los justificantes de esos pagos.
Es hacer unos panes como tortas.
Pero vamos que sirva para detener embargos,va ser que no.
Un saludo.
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Vive y se feliz
Buenos días
No se como poder abrir mi propio hilo y seguir comentando del tema.
Buenas tardes
Entiendo q así sea, pero pagando poco a poco puede ser muestra de que haya una voluntad de pago? Me refiero a q ellos vean q yo quiero pagar por poco a poco q sea.
Vive y se feliz
Buenas tardes, y el precinto del vehículo, eso tb se debe realizar solo mediante demanda judicial? O la financiera puede hacerlo habiendo reserva de dominio? Me han enviado un SMS diciendo q en las próximas horas vendrán a llevárselo con grúa, pero no me ha llegado nada del juzgado. Gracias
Solo el juzgado puede hacerlo. Ellos no son quien para embargar absolutamente nada.
Y no se te ocurra entregar el vehículo si no lo autoriza el juez
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Y también decirte que te pueden hacer barridos puntuales de cta.
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Gracias! Ellos es verdad q se la pasan amenazando y metiendo miedo pero tenía esa duda. Muchas gracias