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LA CAIXA y Seguro SEVIAM. cancelar el seguro Seviam abierto de la caixa
llevo tiempo queriendome dar de baja del 2 seguros que tengo (me dijeron que era oligatorio) y reducir algunos gastos, ya que llevo tiempo en el paro y este es el ulmtimo mes que recibo ayudas por lo que se tendra que ocupar el aval.pues bien,como en la sucursal me decian que no podia cancelar los seguros,que eran obligatorios (ignorante de mi) y ademas no encontraba informacion sore ello en ningun sitio, he seguido pagando las cuotas religiosamente mes a mes.
pues a lo que iba
he leido en el foro que solo es obligatorio el seguro de hogar (de incendios),bien,este lo asumo y se seguira pagando,pero el seguro de vida si me gustaria darlo de baja,que tengo hasta agosto para avisarles antes de que me renueven la poliza por otro año mas.
.mi intencion es darme de baja de ese seguro pero sin sustituirlo por otro de otra aseguradora,¿se puede hacer?
.¿puedo reclamar todo lo que llevo pagado a ese seguro?ese seguro se contrato con engañifas diciendome que era obligatorio
tambien queria comentar que he intentado acceder al formulario que hay en el foro para darme de baja del seguro y no he sido capaz
y para terminar(es que estoy en paro y tengo muuuucho tiempo libre)recomendais que nos dirijamos a la aseguradora directamente,por lo que asi voy a hacer segun se me conteste,os dejo la direccion de la aseguradora por si alguien le interesa o si estubiese mal que me corrija
VidaCaixa, SA de Seguros y Reaseguros
C/General Almirante, 2-4-6,
08014 - Barcelona (España)
Última edición por xxxxxxxxx; 19/04/2012 a las 23:33
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xxxxxxxxxx
El seguro de vida no es obligatorio a menos que te lo exijan en las escrituras.
Lo puedes cancelar mandando el escrito de baja o no renovación dos meses antes de que te lo renueven.
Lo puedes mandar certificado o por fax con su comprobante, yo lo mando todo certificado por si a acaso.
Si es un seguro de vida renovable anualmente, me temo que no puedes reclamar lo ya pagado, solo te queda cancelarlo.
El de hogar es obligatorio el de incendio como bien has dicho
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gracias por la aclaracion
lo unico que me obligan las escrituras es el de hogar
mañana mando otra carta certificada para cancelar el seguro,en agosto es la proxima renovacion
estoy comprobando los contratos,extractos y demas (me esta saliendo humo ppor las orejas) y me estan cobrando lo que les ha dao la gana.
salu2
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Tengo una duda sobre esto, a ver el articulo 22 de la seccion 4 de la ley de seguros, cita: Las partes pueden oponerse a la prorroga del contrato mediante una notificacion escrita a la otra parte, efectuado con un plazo de 2 meses de anticipacion a la conclusion del periodo del seguro en curso.
Hasta aqui todo bien, pero pongamonos en el caso de un seguro de vida, anual renovable, el articulo como todos sabemos sigue así: Lo dispuesto en los parrafos precedentes no sera de aplicacion en cuanto sea incompatible con la regularizacion del seguro de vida. Y aqui la picha echa un lio, quiere esto decir que a los seguros de vida no se les aplica dicho articulo??, o que segun sea su forma de pago anual-prima unica su cancelacion es distinta?? o que otros supuestos podemos encontrarnos??
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xxxxxxxxxx
Yo siempre que he querido notificar la no renovación del seguro que sea, lo he hecho por esvrito con los dos meses de antelación.
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