Os cuento que he recibido una carta de la DGS y FP en relación a una reclamación, en la cual indica que:
Ha tenido entrada en el Servicio de Reclamaciones de la DGS con fecha tal escrito de reclamación contra:
AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY, SUCURSAL EN ESPAÑA ( ALICO DE CITIBANK)
Al respecto se le comunica que dicho escrito ha dado lugar al inicio de actuaciones por parte de este serviico con el número de expediente...., conforme a lo dispuesto en el art.24 de la Ley 44/2002 de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero y en el Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros.
Se le informa que la tramitación de este expediente se entiende sin perjuicio de las acciones que le aisten para hacer valer sus derechos, así como que no paralizará la resolución y tramitación de los correspondientes procedimientos, ni suspenderá o interrumpirá los plazos establecidos para el ejercicio de los mismos.
El expediente concluirá con un informe final que no tiene caracter vinculante ni la consideración de acto administrativo y, en consecuencia, contra el mismo no cabe recurso alguno.
Con la finalidad de documentar adecuadamente el expediente y poder continuar con la tramitación, debera aportar, en el plazo de 10 días, la documentación que a continuación se señala con una X:
X Condiciones generales y particulares del contrato.
Ahora preguntó, ¿Sé refiere a las condiciones generales y particulares del contrato de Seguro? Yo lo entiendo así, pero sí ese contrato no existe, solo existe la solicitud de tramitación de la tarjeta en la cual indica con una cruz que si acepto las condiciones del seguro.
Con respecto a estos diez dias de plazo, han pasado porque la carta no me ha llegado hasta hoy, también lo indico en el expediente o no.
Y tampoco me queda claro este texto
El expediente concluirá con un informe final que no tiene caracter vinculante ni la consideración de acto administrativo y, en consecuencia, contra el mismo no cabe recurso alguno.
A ver si alguién me puede decir algo, pues esta noche a través del servicio telemático de la página web de la DGS y FP pienso comunicar que yo nunca he firmado las condiciones generales de ese contrato de seguro, además de no poseerlo y en la documentación que ellos me han remitido solo me han envíado la póliza colectiva.
A ver si alguien puede contestarme,
Gracias