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Tema: Duda con RENUNCIA DE HERENCIA y que pasa con los acreedores del fallecido?

  1. #1
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    Avatar de Jowe79
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    Unhappy Duda con RENUNCIA DE HERENCIA y que pasa con los acreedores del fallecido?

    Hola gente hsce tiempo que no paso por aqui...bueno mas tranquilo después de obtener el EPI con plan de pagos gracias a la LSO...
    Pero hay algo que me "preocupa"un poco...Resulta que mi padre fallecio el 29 de julio....y bueno miy jodido pero bueno hay que seguir...mi padre cuándo fallecio tenia en su cuenta con titula él y mi madre(cuenta indistinta) 800 eur...y tenía deudas (no vencidas) con caixabank (tarjeta visa) 3000 eur...despues unos 1000 eur TOTAL con cetelem (3 financiaciones) y tarjeta pass carrefour unos 800 eur...Los herederos somos yo y mi madre no nadie mas..y ademas de bienes mi padre solo tenia esos 800 eur en el momento de su muerte...No hay vivienda ni coche ni nada mas...el martes firmaremos Escritura de renuncia de herencia...y la duda es como actuar nosotros ahora con estas financieras? Entiendo que las deudas asociadas no las tendremos que asumir...mi madre ni yo queremos asumirlas...cuando tengamos la escritura de renuncia de herencia...entiendo que tengo que avisar a cetelem carrefour etc no? Y decirles que no cobren mas recibos? Tengo miedo que empiecen a acosarnos a madre y a mi por rechazar herencia...Ordeno al banco que anule esos recibos de estas entidades? Doy por seguro que tendre que enviarles el certificado de defunción y la escritura de renuncia de etc...pero incluso asi no me daran por cu...?? Como procedo? Muchas Gracias.

  2. #2
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    Avatar de peperco
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    Esto dice la Ley:
    Si renuncias a la herencia, las deudas del fallecido quedarán canceladas y no tendrás ninguna responsabilidad sobre ellas.

    Una opción para que podamos aceptar la herencia sin tener que hacernos cargo de las deudas es aceptar la herencia a beneficio de inventario. En este caso, el heredero solo respondería de las deudas del fallecido con el patrimonio heredado, dejando a salvo su propio patrimonio.

    Aun así, consúltalo con un abogado que sepa de sucesiones, para que esté te diga que sería lo mejor en tu caso

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  4. #3
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    Avatar de jalopezg
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    Como bien dice el compañero, al renunciar a la herencia ustedes no tenéis nada que ver con sus deudas.

    En este caso la única herencia que deja tu padre son 800€, ¿esos 800€ están en una cuenta con otro titular? en ese caso la herencia sería los 800€ dividido entre el numero de titulares. Aceptar la herencia a beneficio de inventario, en este caso la cantidad de la ccc, sería aceptar una deuda equivalente a esa cantidad y en un futuro si te la reclaman pagarías esa cantidad de la ccc que hubieras aceptado.

    En tu caso, coméntalo con un abogado o incluso en la notaría. Yo particularmente renunciaría a la herencia y listo.

    Respecto a informar a Cetelem y a los otros, para ser legales una vez tenga todo los informes le mandas una copia de los papeles para que no os den la lata, envialo por email y guardalo, por si en un futuro siguen dando la lata o incluso una posible demanda futura, etc (sabemos que estos buitres, son impresentables).

    Entiendo que una vez informes a los acreedores, ya dejaran de enviar los recibos.

    Saludos y lo siento.
    Última edición por jalopezg; 25/08/2024 a las 18:27

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