Una empresa de recobros que no conozco me pide una deuda que yo no tengo y sin que yo les haya dado mis datos ¿Es legal?
17-may-2012
Las empresas de recobros ejercen una actividad regulada en la normativa de protección de datos (articulo 29 LOPD). Son empresas que prestan servicios a terceras entidades y en virtud de ese servicio necesitan conocer datos personales de los clientes de la empresa que las ha contratado por tanto, este acceso a los datos no puede considerarse una cesión o comunicación de datos personales así como tampoco necesita del consentimiento de los titulares de los datos para tratarlos ya que, el tratamiento que realiza una empresa de recobro es aquel que deriva del servicio prestado al responsable del fichero o tratamiento.
Sin embargo, para que el tratamiento de datos personales que realiza una empresa de recobro sea considerado legal desde el punto de vista de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), debe haber firmado previamente un contrato de prestación de servicios que le habilita para acceder a los datos personales del responsable y cuyas características están reguladas en el artículo 12 de la LOPD.
La empresa de recobro cuando se dirige al supuesto deudor solicitando el abono de la deuda debe informar del nombre de la empresa que es titular de la deuda, por tanto si usted ha recibido una notificación de una empresa de recobro, en la misma debe constar la identificación de su acreedor que será el que la ha contratado para que contacte con usted, así como el procedimiento establecido para satisfacer la deuda.
Si usted no mantiene ninguna deuda con su acreedor puede ejercer su derecho de cancelación ante la empresa de recobro aportando documentación suficiente para acreditar la inexistencia de la deuda. El derecho de cancelación es personal y debe ir acompañado de copia de su DNI o bien ejercerlo a través de un representante legal debidamente acreditado.
La Agencia Española de Protección de Datos no es el Organismo encargado de decidir, a priori, si existe o no deuda.
No obstante, si se diese una inclusión indebida en un fichero de solvencia patrimonial y crédito, podrá denunciarlo frente a este Organismo.
Dispone de modelos de denuncia y de derecho de cancelación en el apartado ENLACES ASOCIADOS